REGLAMENTO PROMOCIONES DULCE T
El presente reglamento regula las condiciones y delimitaciones de las promociones promovidas por la empresa ASSUKKAR, S.A., cédula jurídica número 3-101-172050, para la marca DULCE T y se rige por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: PATROCINADOR: La presente promoción es patrocinada por la empresa ASSUKKAR, S.A., propietario de la marca DULCE T.
SEGUNDA: OBJETO: El objeto del presente reglamento es regular las condiciones y delimitaciones de la promoción denominada: CHINEÍTO DULCE T
TERCERO: PARTICIPANTE: La presente promoción va dirigida única y exclusivamente a personas físicas, nacionales o extranjeras, mayores de 18 años, al momento de la promoción. La cédula de identidad en caso de nacionales y el pasaporte o carné de residencia para extranjeros, debe estar vigente y en buen estado. No podrán participar las siguientes personas: Empleados directos de la empresa patrocinadora, agencia de publicidad y promoción, o personas que participan en el desarrollo, producción o distribución de la promoción, ni los siguientes familiares de empleados de ASSUKKAR, S.A.: hermanos (as), padres, hijos (as), cónyuges o personas que convivan bajo el mismo techo.
CUARTO: JURISDICCIÓN: Esta promoción es válida y exclusiva para la República de Costa Rica.
QUINTO: ACEPTACIÓN DE CONDICIONES: Se entenderá que todo participante, con el solo hecho de participar, conoce y acepta expresamente las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento.
SEXTO:PREMIO: El premio de la presente promoción es: Motocicleta eléctrica Gold 1000W marca ENÉRGICA.
SÉTIMO: DINÁMICA: A partir del 1 de agosto y hasta el 16 de setiembre del 2024. Todo consumidor que compre el producto Dulce T de 900g puede participar ingresando sus datos y subiendo la factura de compra y foto del producto al landing page. Entre todos los que participen se hará el sorteo y se escogerá al ganador. Los espacios por llenar en el landing page para registrarse son: • Espacios a Diligenciar: 1. Nombres y apellidos 2. Identificación 3. Teléfono 4. Correo habilitará cuantos registros se requieran para el sorteo indicado, de manera que las personas que se registren y sigan los pasos de esta promoción serán quienes al azar pueda resultar el beneficiado. La fecha máxima de la promoción será el día 16 de setiembre del 2024. Posterior a esta fecha la promoción queda sin efecto.
OCTAVO: PERÍODO PROMOCIONAL: La presente promoción es por tiempo limitado: Inicia el día: 1 de agosto del 2024. Finaliza el día: 16 de setiembre del 2024 a las 24 horas, considerándose esta última como la fecha y hora de finalización. Los participantes quedarán participando una vez cumplan con la dinámica de la promoción, dentro del periodo promocional, siempre y cuando cumplan con el presente reglamento.
NOVENO:DINÁMICA DEL SORTEO Y/O ANUNCIO DEL GANADOR: El sorteo se realizará después de la fecha de cierre de la promoción de manera virtual, mediante el uso de una plataforma para sorteo aleatorio el día 20 de setiembre. El beneficiario será asignado por el programa al azar y se publicará en la página creada como landing page, redes sociales y nos comunicaremos por correo y telefónicamente con el ganador a los medios que suministren en el registro.
DÉCIMO:PLAZO PARA RETIRAR EL PREMIO: El ganador dispone de un plazo para retirar el premio del 23 al 30 de setiembre del 2024, transcurrido el plazo el patrocinador podrá disponer del mismo. Para el retiro del premio el ganador deberá presentarse personalmente con la cédula de identidad, pasaporte o cédula de residencia al día, según corresponda; además, deberá presentar factura de compra del producto y su empaque con el sticker. En caso de que no se pueda hacer presente puede autorizar a otra persona por medio de poder especial debidamente autenticado por un abogado. El premio será retirado en la Distribuidora Ciamesa, Alajuela Costa Rica, Coyol Parque empresarial NOVAPARK, 2 km este de la estación RTV. El ganador no podrá ceder su derecho sobre el premio.
DÉCIMO PRIMERO:SUSPENSIÓN DE LA PROMOCION: El Organizador podrá suspender la promoción por fuerza mayor o caso fortuito, sin asumir ninguna responsabilidad con los participantes. La suspensión se dará a conocer a través de una publicación, en la misma red social o página web donde fue publicada la promoción inicial. Los participantes no podrán reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
DÉCIMO SEGUNDO:DERECHOS DE IMAGEN E INFORMACIÓN PERSONAL: Con el fin de hacer pública la promoción y el resultado de la misma, los PARTICIPANTES, autorizan que sus nombres, imagen y/o voz, cuando corresponda, aparezcan en publicaciones, publicidad y en general en todo material relacionado con la promoción, sin que esto implique remuneración, ni reclamo alguno por concepto de derechos de imagen la totalidad de la información suministrada por los participantes pertenecerá al Patrocinador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de los Organizadores y su inclusión en una base de datos, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Empresa o de terceros.
DÉCIMO TERCERO: RESPONSABILIDAD DE EL PATROCINADOR: El patrocinador es responsable únicamente de garantizar la entrega de los premios durante los plazos establecidos en este reglamento. Los participantes liberan de responsabilidad al patrocinador, los organizadores, y demás involucrados en esta promoción, de cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la Promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión de los premios. Expresamente se libera la responsabilidad de El Organizador por: a) Accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos en los que puedan incurrir por el uso y disfrute de cualquier premio o beneficio derivado de esta promoción. b) Gastos incurridos para participar en la Promoción o para retirar los premios. c) Daños sufridos a la integridad o bienes de los participantes o de terceros que se ocasionen en virtud de esta Promoción. d) La promoción y los premios están sujetos a las condiciones y limitaciones indicados en este Reglamento. No obstante, cualquier asunto relacionado con la promoción que no esté previsto en este Reglamento, será resuelto por el organizador con estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica. e) La promoción se rige por este Reglamento, La ley 7472, el DE 37899-MEIC y en forma supletoria y complementaria se tiene incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la Comisión Nacional del Consumidor, en cuanto sean aplicables. f) El organizador se reserva el derecho de determinar causas objetivas de acuerdo con los intereses de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores y de suceder algunas de estas circunstancias. g) Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los incisos anteriores, serán las que, de acuerdo con los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por los Tribunales de Justicia. h) Si se demuestra que un favorecido recibió un premio por medio de engaño, el Organizador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso. i) El derecho al premio no es transferible, negociable ni puede ser comercializado de ninguna forma. Cada premio será entregado únicamente a la persona participante declarada favorecida. j) Si el favorecido no acepta el premio o sus condiciones en el plazo indicado para hacerlo efectivo, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
DÉCIMO CUARTO:PUBLICIDAD DE ESTE REGLAMENTO: En los materiales de participación utilizados en la presente promoción, se ha consignado la frase “Ver reglamento en dulce-t-regala.com” a fin de que quede constando que tanto la participación, la propia promoción y la mecánica de la misma, se encuentran sometidos a las condiciones y limitaciones que se indican en el presente reglamento.
DÉCIMO QUINTO: LUGAR PARA ATENDER CONSULTAS RELACIONADAS CON LA PRESENTE PROMOCIÓN: Cualquier aspecto relacionado con esta Promoción será atendido en la siguiente dirección: jmadriz@ideasmcw.com, teléfono: 4001-2141.
DÉCIMO SEXTO: REGULACIÓN: Cualquier hecho que se presente con respecto a la presente promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por El Organizador en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica.
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